‘Hay crímenes que la humanidad no puede dejar que queden sin consecuencias’

EL TIEMPO habló con Pablo de Greiff, comisionado ONU para investigar crímenes de guerra en Ucrania.

‘Hay crímenes que la humanidad no puede dejar que queden sin consecuencias’

EL TIEMPO habló con Pablo de Greiff, comisionado ONU para investigar crímenes de guerra en Ucrania.

El jurista colombiano Pablo de Greiff no era muy conocido en el país a pesar de ser un prestigioso experto internacional en derechos humanos y en justicia transicional.

Esta semana, sin embargo, su nombre saltó a los titulares pues fue designado por el presidente del Consejo de Derechos Humanos de la ONU como uno de los tres miembros de la recién creada comisión internacional independiente de investigación sobre Ucrania.

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El jurista colombiano Pablo de Greiff.

Foto:

UN Photo/Jean-Marc Ferré.

Junto con él, la bosnia Jasminka Džumhur y el noruego Erik Møse integrarán este mecanismo que tendrá la tarea de recabar evidencia sobre violaciones del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos, así como de posibles crímenes de guerra ocurridos en el contexto de la agresión militar de Rusia contra Ucrania, que inició el pasado 24 de febrero y en la que, según la ONU, han muerto al menos 1300 civiles y casi diez millones de personas se han visto obligadas al desplazamiento forzado.

De Greiff es profesor de Derecho en la Universidad de Nueva York. Hasta 2018 fue también el relator especial de la ONU sobre el derecho a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.

En diálogo con EL TIEMPO, el comisionado se refirió a la labor y la importancia de este nuevo mecanismo, al tipo de información que van a recopilar y a lo que puede ocurrir con el cuerpo de evidencias que van a construir.

¿Cuál es la labor de la comisión de investigación sobre la guerra en Ucrania?

El mandato de la comisión está definido por una resolución bastante fuerte que adoptó el Consejo de Derechos Humanos de la ONU a comienzos de marzo. Y digo que es bastante fuerte porque menciona, entre otras cosas, la agresión de Rusia contra Ucrania y la crisis humanitaria, y le exige a Rusia retirar sus fuerzas y cesar las violaciones de derechos humanos.

La resolución define las tareas de la comisión en términos bastante conocidos para mecanismos de este tipo, es decir, la recopilación y análisis de evidencia que pueda ser utilizada para la lucha contra la impunidad, es decir, con fines judiciales en contra de los presuntos responsables de violaciones de derechos humanos y del DIH, a quienes también debe identificar cuando sea posible. 

Pero la resolución habla también de investigaciones de violaciones del derecho que han ocurrido en el contexto general de la agresión rusa contra Ucrania. Esa es una parte interesante y habrá que ver qué se logra hacer alrededor del tema de la agresión como crimen internacional en sí mismo.

¿Qué tipo de evidencia pueden recabar?

La comisión aún no se ha reunido y por lo tanto no hay decisiones particulares en términos operativos.

Pero las comisiones de este estilo suelen operar no con base en el criterio característico de las instancias criminales, que es “más allá de cualquier duda”, sino con el criterio de “preponderancia de la evidencia”. Y supongo, a pesar de que reitero que no ha habido reunión y por lo tanto no ha habido decisiones de ningún tipo, que ese es el criterio que esta comisión va a utilizar.

Se trata, por ejemplo, de cuando diversas fuentes confirman el mismo evento y los mismos responsables, o de hechos que puedan ser verificados por medio de fuentes independientes una de la otra. Eso se considera como evidencia para este tipo de comisiones. 

Aclaro, por supuesto, que esta no es una comisión que esté encargada de hacer atribuciones de culpa, en el sentido de la justicia penal, así que la preponderancia de la evidencia tiene que ver con eventos y responsabilidades presuntas, más que con la responsabilidad criminal.

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Volodomir Zelenski, presidente de Ucrania en discurso diplomático.

Foto:

EFE/EPA/UKRAINIAN PRESIDENTIAL PRESS

¿Con qué objetivo se recoge esta evidencia?

Se tiende a pensar que el único fin de experiencias de este tipo es su utilidad para posibles procesos penales. Creo que ese es un fin importante, pero no el único: otros tienen que ver, por ejemplo, con la verdad. O con efectos secundarios, pero en cualquier caso importantes, relacionados con la construcción de una narrativa fiable acerca de una secuencia de eventos que, como todos los característicos de un conflicto, son siempre complicados, y más en un momento en el que se pone en duda la verdad misma.

Cuando se habla de macrofenómenos como este, en donde hay ciudades que se están destruyendo por completo, hay que recordar que desde los tratados de La Haya, para no hablar de los de Ginebra, el intento ha sido siempre el de tratar de civilizar la guerra.

De afirmar que, aun en combate, hay ciertas reglas que hay que cumplir. Y muchas de esas reglas tienen que ver con el respeto no solo a la vida de los civiles, sino también a las condiciones que hacen posible esa vida.

Es decir, la destrucción deliberada de viviendas, de sistemas de salud o de distribución de alimentos ya desde antes del final del siglo XIX, porque la primera convención de La Haya tuvo lugar en 1899, se consideraba como ilegal aun en situación de guerra.

Acumular evidencia sobre comportamientos que violan esas reglas abre también la posibilidad a reclamos de reparación o, lo que en este caso sería también adecuado, de reconstrucción. 

Pienso que es imposible atender los reclamos de todos los individuos en situación de un conflicto macro de esta naturaleza, pero finalmente todo lo que pueda hacerse por escuchar, respetar y darles reconocimiento a las víctimas, vale la pena.

Vladimir Putin con el gobernador de Cheliábinsk, Alexei Teksler.

Foto:

Oficina de Kremlin

Teniendo en cuenta que ni Rusia ni Ucrania son Estados parte del Estatuto de Roma, y por lo tanto de la Corte Penal Internacional, ¿qué jurisdicción podría encargarse de juzgar a los responsables de estas violaciones?

Las comisiones de investigación no deciden a quién darle la evidencia que recaban. Depende más bien de quién la solicita. No es inconcebible que a la CPI le interese la evidencia que se pueda recoger en este ejercicio, a pesar de que a la oficina del fiscal le interesará una investigación hecha por ellos mismos, pero en todo caso es bien sabido que hay acuerdos de cooperación entre la ONU y la CPI.

Pero creo que es importante pensar en esta ocasión acerca de la importancia creciente de los casos de jurisdicción universal, un campo en donde ha habido un progreso notable. No se nos olvide la condena reciente de un alto militar sirio en una corte alemana, o la condena del exviceministro de Defensa salvadoreño en una corte española por su responsabilidad en el asesinato de los jesuitas de la Universidad Centroamericana en San Salvador.

En otras palabras, creo que diferentes cortes nacionales pueden tener interés en evidencia recabada por comisiones de este estilo y creo que ese va a ser en el futuro una de las salidas para esta evidencia.

Otro de los mandatos de la comisión es formular recomendaciones. ¿A quién van a estar dirigidas?

Mi experiencia como relator puede ser útil en ese sentido, porque obviamente las recomendaciones que hacía luego de mis visitas a países incluían unas directas al Gobierno, pero también al sistema de la ONU, a la sociedad civil y a las agencias de cooperación internacional. 

Ahí no hay limitación y mi tendencia es a pensar en términos amplios. Tengo un interés profundo en el tema de la prevención y creo que sería ideal no llegar al punto en el que nos encontramos en este caso. Las recomendaciones que tienen que ver con la prevención competen a muchos actores, no solo a uno.

¿Cómo operan las comisiones de investigación? ¿Cómo va a operar la que usted integra?

Depende del contexto: hay países que colaboran activamente con ellas, pero hay otros que no ofrecen ningún tipo de cooperación y, por lo tanto, no hay acceso directo, ni posibilidad de entrada.

Hay un factor general y es el establecimiento de un secretariado, que es el equipo técnico que colabora con los comisionados. En este caso, entiendo que va a ser un equipo numeroso y diverso que incluya, por ejemplo, gente que tenga experiencia en informática forense y en el uso de herramientas digitales, que han sido bastante importantes en este contexto.

Cuando no hay cooperación directa de los Estados, esa secretaría se establece normalmente en zonas geográficas cercanas, entre otras cosas para poder entrevistar a gente que ha salido del conflicto, refugiados, que son una fuente importante de información.

En este caso, dado que, por un lado, el conflicto es activo y, por otro, hay ya una misión de observación de la ONU en Ucrania, supongo que el secretariado se establecerá fuera del país. En la medida de lo posible, a la comisión por supuesto le va a interesar visitar Ucrania. Pero todo eso está por verse y por definirse.

Reporteros de la AFP vieron al menos 20 cadáveres, todos vestidos de civiles, esparcidos en una sola calle.

Foto:

Sergei SUPINSKY / AFP

¿Qué significa que la comisión sea ‘independiente’?

Los comisionados tanto como los titulares de mandato del Consejo de Derechos Humanos son lo que el sistema considera “expertos independientes”, es decir, que no representan a ningún país y no trabajan directamente para la institución: todos estos puestos son ad honorem, de forma que nadie pueda alegar que hay un interés económico de por medio.

Y son independientes en el sentido estructural de que no obedecen a ningún órgano o individuo en particular dentro del sistema. Por ejemplo, en este caso, el Consejo le solicitó a su presidente nombrar a los tres expertos de la comisión, pero él no puede darles órdenes a los comisionados acerca de lo que deben hacer, cómo deben conducir su trabajo, o qué tipo de evidencia o de hechos considerar.

Una vez que la comisión está constituida es completamente independiente: reporta al Consejo y a la Asamblea General de la ONU, pero lo hace en el sentido no burocrático, sino informativo: les entrega su reporte o un compendio de su información a ambos cuerpos, pero ninguno puede darle órdenes a la comisión acerca de ningún tipo de tema sustantivo.

¿Cuál es la importancia de que el Consejo de Derechos Humanos haya incluido la dimensión de género en el mandato de la comisión?

Hay una conciencia creciente de que en épocas de conflicto hay dos fenómenos que tradicionalmente habían sido subatendidos: uno es el creciente número de violaciones de carácter sexual y no sexual a las mujeres, y el otro es la experiencia diferencial del conflicto entre hombres y mujeres.

Ya hemos visto una dimensión bastante obvia de esto: en la distribución de los refugiados ya se manifiesta claramente una dimensión de género. Pero hay muchas otras.

Creo que la comunidad internacional está dando reconocimiento a algo que no es nuevo, pero que no había sido suficientemente reconocido de forma explícita en la operación de este tipo de instrumentos: que las mujeres y los niños tienen una experiencia diferente del conflicto y que en su desarrollo hay violaciones crecientes en magnitud y gravedad contra ellos.

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¿La información que recabe la comisión va a ser pública?

Como no ha habido ni siquiera el primer encuentro de la comisión, no hay decisiones explícitas sobre nada.

Las comisiones hacen lo posible por maximizar el material que hacen público, pero no puedo decir que en todos los casos esté disponible absolutamente todo el material que recaban, entre otras cosas para proteger la seguridad de víctimas que podrían estar en riesgo si se hiciera pública la información que suministran.

¿Cuándo empieza a trabajar la comisión?

La primera reunión tendrá lugar la próxima semana por videoconferencia para comenzar, pero vamos a planear una reunión en Ginebra tan pronto como sea posible. Aquí hay también un elemento de coordinación que hay que tener en cuenta: somos tres personas que vivimos en sitios separados y con otras obligaciones que cumplir.

De momento hay un secretariado provisional en esa ciudad, pero hay que conformar el que se establecerá cerca a la zona.

¿Cómo les explicaría la importancia de esta comisión a quienes son escépticos con el trabajo de la ONU?

Todas las comisiones de este estilo son un esfuerzo por reafirmar la importancia de ciertas normas fundamentales y que nacen del reconocimiento de que hay violaciones y crímenes que la humanidad no puede permitir que permanezcan sin consecuencias.

A pesar de que estas comisiones no aseguran, como nada puede hacerlo, justicia rápida y efectiva, son por lo menos un intento de preservar evidencia que pueda ser utilizada en algún momento para fines de justicia que, repito, no deben ser entendidos solo en términos de justicia penal, sino más amplios.

El punto de estas comisiones es tratar de darle algo de carácter operativo y legal al hecho de que la gente no olvida cierto tipo de violaciones y agravios.

CARMEN LUCÍA CASTAÑO
Para EL TIEMPO
Ginebra